JurídicoESEN

Article 1

Decreto 550 de 1981 · por el cual se aprueban las tarifas para los Servicios que presta la Empresa Puertos de Colombia "COLPUERTOS" y los derechos de Operación de Muelles Privados.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo primero. Apruebase el siguiente Estatuto Tarifario no fijado por el Acuerdo 848 de 1980 de diciembre 22 de 1980, de la Junta Directiva de la Empresa Puertos de Colombia "COLPUERTOS": "ACUERDO NUMERO 848 DE 1980 (diciembre 22) La Junta Directivade Puertos de Colombia, en use de sus atribuciones legales y estatutarias, y CONSIDERANDO: Primero. Que de conformidad con el Estudio de Costos realizado por la Empresa, y ante la necesidad de aclarar los conceptos sobre prestación de servicios, es indispensable reestructurar y modificar las tarifas de los servicios que presta Puertos de Colombia. Segundo. Que al tenor del Decreto 1174 del 14 de mayo de 1980, per medio del cual se reestructura la Empresa Puertos de Colombia, son funciones de la Junta Directiva fijar las tarifas que deben cobrarse por los servicios que presta la Empresa y los derechos de operación de los Muelles Privados. Tercero. Que una vez fijadas las tarifas de Puertos de Colombia requerirán la aprobación del Gobierno Nacional, lo cual se obtendrá a través del Ministerio de Obras Públicas y Transporte, ACUERDA:

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 550 de 1981