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Article 31

Los Contratos, Distintos A Los De Empréstitos, Que Celebre El Club Con Entidades Públicas Nacionales, Departamentales O Municipales, No Están Sujetos A Las Formalidades O Requisitos Distintos De Los Que La Ley Exige Para La Contratación Entre Particulares

Decreto 894 de 1978 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Club Militar

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Los contratos, distintos a los de empréstitos, que celebre el Club con entidades públicas nacionales, departamentales o municipales, no están sujetos a las formalidades o requisitos distintos de los que la ley exige para la contratación entre particulares. En consecuencia, están exentos de las normas sobre licitación, garantías, cláusulas especiales y demás previstas en las disposiciones vigentes. Siempre deberá ordenarse su publicación en el Diario Oficial. En estos contratos se pactará su sujeción a las apropiaciones presupuestales y deberán en los términos de las disposiciones legales vigentes, someterse a la aprobación y registro presupuestal.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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