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Article 9

Contenido Y Forma De Presentación De La Solicitud

Decreto 176 de 2021 · Por el cual se determinan las reglas aplicables a las reuniones de asambleas o juntas de socios del máximo órgano social de personas jurídicas que, en virtud de lo señalado en el parágrafo transitorio del artículo 6 de la Ley 2069 de 2020, se reúnan durante el año 2021

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01

Text of the article

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Contenido y forma de presentación de la solicitud . La solicitud a la que se refiere el artículo 6 se podrá presentar por los canales de atención presencial o virtual con que cuenta la entidad correspondiente y deberá incluir lo siguiente

1.

El nombre y el número de identificación tributaria –NIT, de la sociedad cuya reunión por derecho propio no se pudo desarrollar.

2.

El nombre y el número de identificación del solicitante, quien deberá acreditar de forma sumaria su condición de asociado.

3.

La manifestación de no haber sido posible hacer la reunión por derecho propio el primer día hábil del mes de abril y el motivo de dicha imposibilidad, el cual deberá estar acreditado sumariamente. La información contenida en la solicitud, se entenderá presentada bajo la gravedad de juramento del solicitante. La entidad competente podrá requerir del solicitante la aclaración o adición de la solicitud cuando la misma esté incompleta o contenga errores que no permitan su estudio. Dicho requerimiento no tendrá recursos y la aclaración o adición correspondiente deberá ser presentada dentro de los tres días siguientes a su comunicación al interesado. Vencido el plazo sin que se atienda el requerimiento satisfactoriamente se entenderá que el solicitante ha desistido.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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