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Article 4

Decreto 298 de 1999 · por el cual se fijan las tasas para la tramitación de los procedimientos relacionados con la propiedad industrial

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01

Text of the article

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º . El pago de las tasas de los títulos y la publicación de los mismos referentes a solicitudes de patentes de invención, patentes de modelos de utilidad, diseños industriales, registro de marcas, lemas comerciales, depósitos de nombres y enseñas comerciales, declaración de protección de denominación de origen, autorización de utilización de la denominación de origen, así como las renovaciones, licencias, traspasos, cambios de nombre y de domicilio del titular, presentadas con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 2285 de 1995, se regirán de acuerdo con los siguientes valores: I. Títulos

1.

De concesión, inscripción de licencias, traspasos, cesiones, cambios de nombre y de domicilio del titular de patente de invención 213.000

2.

De concesión, inscripción de licencias, traspasos, cesiones, cambios de nombre y de domicilio del titular de patente de modelos de utilidad 144.000

3.

De concesión, inscripción de licencias, traspasos, cesiones, cambios de nombre y de domicilio del titular de diseños industriales 106.000

4.

De concesión, renovaciones, inscripción de licencias, traspasos, cesiones, cambios de nonibre y de domicilio del titular de marcas y lemas comerciales 139.000

5.

De depósitos, inscripción de licencias, traspasos, cesiones, cambios de nombre y de domicilio del titular de nombres y enseñas comerciales 139.000

6.

De declaración de protección, autorización de utilización y renovación de la autorización de utilización de denominaciones de origen así como la inscripción de licencias, traspasos, cesiones, cambios de nombre y de domicilio del titular de las mismas 331.000 II. Publicación del título 21.000

Parágrafo 1

Las tasas que deben pagarse por retiro de títulos, de conformidad con el presente artículo, se deberán acreditar y son las vigentes al momento de la entrega efectiva del mismo.

Parágrafo 2

Los pagos pendientes por conceptos diferentes a los títulos y la publicación de los mismos, correspondientes a solicitudes radicadas con anterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto, se acreditarán y regirán por las tasas vigentes al momento de realizar la petición de la actuación respectiva.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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