ARTICULO 39. Cuando se presenten oposiciones fundamentadas técnicamente, la autoridad competente realizará un estudio sobre las rutas, áreas de operación, sistemas o subsistemas solicitados y decidirá mediante acto administrativo motivado. En caso de no prosperar las oposiciones presentadas, se procederá a adjudicar las rutas, áreas de operación, sistemas o subsistemas a la empresa o sociedad solicitante y se hará efectiva la póliza de garantía a la(s) empresa(s) o sociedad(es) opositora(s). Si las oposiciones prosperan en forma parcial no se hará efectiva ninguna de las pólizas y se procederá a adjudicar a la empresa o sociedad solicitante, conforme a los resultados del estudio realizado por la autoridad competente. En el evento en que prosperen las oposiciones, se negaran las rutas, áreas de operación, sistemas o subsistemas solicitados y se hará efectiva la póliza a la empresa o sociedades solicitantes. Si del estudio realizado por la autoridad competente resultaren rutas, áreas de operación, sistemas o subsistemas disponibles diferentes a los solicitados, la autoridad ordenará la publicación de las mismas y continuará el trámite normal para su adjudicación.
Decreto 1787 de 1990 →In force
Article 39
Cuando Se Presenten Oposiciones Fundamentadas Técnicamente, La Autoridad Competente Realizará Un Estudio Sobre Las Rutas, Áreas De Operación, Sistemas O Subsistemas Solicitados Y Decidirá Mediante Acto Administrativo Motivado
Decreto 1787 de 1990 · por el cual se dicta el Estatuto Nacional de Transporte Público Colectivo Municipal de Pasajeros y Mixto.
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01
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02
Constitutional history
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