°. El Director del Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas - Fogacoop - , el Presidente del Fondo Nacional de Ahorro -FNA-, el Presidente de la Empresa Territorial para la Salud - ETESA - y el Liquidador de la Empresa Territorial para la Salud - ETESA - en liquidación tendrán derecho a la prima técnica a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demás normas que lo modifiquen o adicionen.
Article 6
El Director Del Fondo De Garantías De Entidades Cooperativas - Fogacoop - , El Presidente Del Fondo Nacional De Ahorro -Fna-, El Presidente De La Empresa Territorial Para La Salud - Etesa - Y El Liquidador De La Empresa Territorial Para La Salud - Etesa - En Liquidación Tendrán Derecho A La Prima Técnica A Que Se Refiere El Decreto 1624 De 1991 Y Demás Normas Que Lo Modifiquen O Adicionen
Decreto 1375 de 2010 · por el cual se fija la remuneración de los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta directas e indirectas del orden nacional sometidas al régimen de dichas empresas y se dictan otras disposiciones.
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