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Article 5

Ley 79 de 1988 · Por la cual se actualiza la legislación cooperativa

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Toda cooperativa deberá reunir las siguientes características:

1.

Que tanto el ingreso de los asociados como su retiro sean voluntarios.

2.

Que el número de asociados sea variable e ilimitado.

3.

Que funcione de conformidad con el principio de la participación democrática.

4.

Que realice de modo permanente actividades de educación cooperativa.

5.

Que se integre económica y socialmente al sector cooperativo.

6.

Que garantice la igualdad de derechos y obligaciones de sus asociados sin consideración a sus aportes.

7.

Que su patrimonio sea variable e ilimitado; no obstante, los estatutos establecerán un monto mínimo de aportes sociales no reducibles durante la existencia de la cooperativa.

8.

Que establezca la irrepartibilidad de las reservas sociales y en caso de liquidación, la del remanente.

9.

Que tenga una duración indefinida en los estatutos, y

10.

Que se promueva la integración con otras organizaciones de carácter popular que tengan por fin promover el desarrollo integral del hombre.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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