Igualmente el Gobierno señalará las autoridades del puerto y la competencia y funciones del caso. Del mismo modo y por igual término al señalado en el inciso anterior, el Presidente de la República queda revestido de facultades extraordinarias para dictar regulaciones administrativas especiales en materia de abastecimientos, precios y mercadeo de productos nacionales para las pequeñas poblaciones fronterizas, rurales, en cuya economía local concurra fundamentalmente el intercambio regional con zonas de países vecinos y para construir en ellas las obras de saneamiento, educación y en general de infraestructura adecuada, así como las instalaciones necesarias para el funcionamiento de las dependencias oficiales que se requieran para el mejor desarrollo de tales comunidades.
Ley 14 de 1976 →In force
Article 1
Ley 14 de 1976 · Por la cual se reviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias en relación con el puerto de Ipiales, y algunas poblaciones rurales fronterizas
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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