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Article 8

A Partir Del 1° De Enero De 2004, El Subsidio De Alimentación Para Los Empleados De La Unidad Administrativa Especial De Aeronáutica Civil, Que Devenguen Asignaciones Básicas No Superiores A Ochocientos Noventa Y Ocho Mil Trescientos Seis Pesos ($898

Decreto 4168 de 2004 · por el cual se establece la escala de asignación básica para los empleos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

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01

Text of the article

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°. A partir del 1° de enero de 2004, el subsidio de alimentación para los empleados de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, que devenguen asignaciones básicas no superiores a ochocientos noventa y ocho mil trescientos seis pesos ($898.306) moneda corriente, será de treinta mil seiscientos setenta y cinco pesos ($30.675) moneda corriente, mensuales, o proporcional al tiempo servido. No se tendrá derecho a este subsidio cuando el funcionario disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia o suspendido en el ejercicio del cargo.

Parágrafo

Cuando la entidad suministre alimentación a los empleados que conforme a este decreto tengan derecho al subsidio, no habrá lugar a su reconocimiento en dinero.

02

Constitutional history

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