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Article 34

División De Tesorería

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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ARTICULO 34. División de Tesorería . Conforme a las políticas e instrucciones del Subsecretario Financiero y Administrativo, son funciones de la División de Tesorería, las siguientes

a)

Elaborar el programa anual de caja de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y del Fondo de Gestión;

b)

Solicitar ante la Tesorería General de la República la situación de fondos, y efectuar los giros correspondientes a las Administraciones;

c)

Recibir y tramitar las cuentas de cobro presentadas ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, efectuar los pagos que le correspondan y expedir las certificaciones respectivas;

d)

Llevar los registros de Tesorería, elaborar los informes correspondientes, y rendir las cuentas a que haya lugar;

e)

Asesorar y evaluar la gestión de tesorería de las Administraciones; y

f)

Las demás que le asigne el Subsecretario Financiero y Administrativo.

02

Constitutional history

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