° Todo nombramiento para los cargos directivos a que se refiere este Decreto deberá ser confirmado por la misma entidad que lo haya proferido, una vez se acredite el lleno de los requisitos establecidos, para lo cual el interesado dispondrá de un plazo de quince (15) días, contados a partir de la comunicación del nombramiento. La providencia confirmatoria respecto del docente escalafonado se considerará ascenso dentro de la carrera docente y se remitirá copia a la correspondiente hoja de vida.
Article 3
Todo Nombramiento Para Los Cargos Directivos A Que Se Refiere Este Decreto Deberá Ser Confirmado Por La Misma Entidad Que Lo Haya Proferido, Una Vez Se Acredite El Lleno De Los Requisitos Establecidos, Para Lo Cual El Interesado Dispondrá De Un Plazo De Quince (15) Días, Contados A Partir De La Comunicación Del Nombramiento
Decreto 610 de 1980 · Por el cual se reglamentan los artículos 33 y 34 del Decreto extraordinario 2277 de 1979
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