Limitación al poder de disposición sobre los bienes que integran el área de desarrollo del proyecto. La venta o alquiler parcial y la cesión a cualquier título de una porción o de la totalidad del globo de terreno destinado al desarrollo de un Pedaf de extensión continua o discontinua mayor a 10 UAF, requiere la autorización previa y expresa de la Comisión. La venta de la totalidad sólo podrá solicitarse para el desarrollo de proyectos afines al que está en curso. El responsable del proyecto deberá solicitar la autorización correspondiente mediante escrito en el que expondrá las razones técnicas por las cuales dicha operación puede ser realizada sin afectar la viabilidad del proyecto. La Secretaría Técnica deberá pronunciarse dentro de los tres (3) meses siguientes a la presentación de la solicitud de venta, alquiler o cesión de cualquier derecho, sobre una porción o la totalidad del globo de terreno destinado al desarrollo de un Pedaf.
Decreto 4944 de 2011 →In force
Article 30
Limitación Al Poder De Disposición Sobre Los Bienes Que Integran El Área De Desarrollo Del Proyecto
Decreto 4944 de 2011 · por el cual se reglamentan los Proyectos Especiales de Desarrollo Agropecuario o Forestal de que tratan los artículos 60 y 61 de la Ley 1450 de 2011 y se establecen otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.