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Article 3

Los Servicios Especiales De Que Trata El Artículo Anterior Son Los Que A Continuación Se Relacionan: A) Servicios En La Casa Militar De La Presidencia De La República

Decreto 2193 de 1975 · Por el cual se reglamenta el parágrafo 2° del artículo 28 del Decreto 2338 de 1971. Estatuto Reórganico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

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01

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°. Los servicios especiales de que trata el artículo anterior son los que a continuación se relacionan

a)

Servicios en la Casa Militar de la Presidencia de la República.

b)

En las dependencias del Ministerio de Defensa: en la Dirección General de la Policía Nacional, en los Comandos de Departamentos de Policía o en la Dirección de las Escuelas de Formación.

c)

En comisión del servicio en otras dependencias del Estado.

d)

Secretarios de los Agregados y Adjuntos de Policía en el exterior.

e)

Servicios prestados en Plazas Mayores de los Departamentos de Policía o direcciones de Escuelas de Formación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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