º . Se entiende por producción cinematográfica colombiana de cortometraje la que reúna los siguientes requisitos
Que sea producida únicamente por empresas cinematográficas del país;
Que el personal técnico y artístico que intervenga en ella sea colombiano en un 85% por lo menos;
Que su duración en pantalla no sea superior de 20 minutos, y
Que sea hablada en idioma español.