Los órganos ejecutores que operan fuera de línea con el SIIF entregarán a la Dirección General del Presupuesto Nacional los informes mensuales de ejecución presupuestal dentro de los cinco días hábiles siguientes a la finalización del mes objeto del informe de ejecución. Los informes se presentarán mediante archivos planos, conforme a los instructivos que para el efecto expida la Dirección General del Presupuesto Nacional. La Dirección General del Presupuesto Nacional registrará en el SIIF los informes mensuales de ejecución presupuestal, en el transcurso del mes de su recepción. Cualquier posible inconsistencia se comunicará al órgano ejecutor, el cual hará lo pertinente para solucionarla y enmendarla en caso de que realmente se haya producido.
Article 12
Los Órganos Ejecutores Que Operan Fuera De Línea Con El Siif Entregarán A La Dirección General Del Presupuesto Nacional Los Informes Mensuales De Ejecución Presupuestal Dentro De Los Cinco Días Hábiles Siguientes A La Finalización Del Mes Objeto Del Informe De Ejecución
Decreto 2806 de 2000 · por el cual se dictan algunas disposiciones sobre el manejo de recursos públicos y la aplicabilidad del Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF-
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