Obligatoriedad y campo de aplicación. Las entidades aseguradoras tienen la obligación de calcular, constituir y ajustar en forma mensual sus reservas técnicas, de conformidad con las reglas establecidas en este decreto y en las normas que lo modifiquen y/o complementen, salvo para las reservas que presenten una periodicidad diferente de acuerdo con lo dispuesto en el presente título. El cálculo de las reservas técnicas corresponderá a la mejor estimación de las obligaciones de las entidades aseguradoras conforme al artículo 2.31.4.1.4 del presente decreto, sumado al ajuste por riesgo no financiero definido en el artículo 2.31.4.1.5. del presente decreto para los casos que aplique. Las normas contenidas en este Título no aplican para el amparo de riesgos políticos o extraordinarios del seguro de crédito a la exportación garantizado por la nación.
Decreto 2555 de 2010 →In force
Article 2.31.4.1.1
Obligatoriedad Y Campo De Aplicación
Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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