Funciones de la Policía Cívica Juvenil. Son funciones de la Policía Cívica Juvenil, las establecidas en el artículo 3o del Decreto 355 de 1994, y las demás que tengan relación con los objetivos trazados y con sujeción al presente Título.
(Decreto 1503 de 1998 artículo 4°)