º El servicio público de distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo se prestará conforme a lo establecido en la ley, en el presente Decreto y en los Reglamentos del Ministerio de Minas y Energía.
Article 1
El Servicio Público De Distribución De Combustibles Líquidos Derivados Del Petróleo Se Prestará Conforme A Lo Establecido En La Ley, En El Presente Decreto Y En Los Reglamentos Del Ministerio De Minas Y Energía
Decreto 285 de 1986 · por el cual se reglamenta el diseño, construcción y pruebas de las instalaciones de las plantas de abastecimiento y estaciones de servicio, y el envase, manejo, transporte y distribución de hidrocarburos y combustibles líquidos derivados del petróleo en dichas instalaciones.
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