°. La Empresa "Puertos de Colombia", creada por la Ley 154 de 1959 como entidad autónoma, con personería jurídica, patrimonio y organización propios, se regirá por las disposiciones constitucionales y legales aplicables a dichas entidades, y sus fines, funciones, derechos y obligaciones, serán los determinados por la misma Ley, y los que se expresan en el presente Decreto.
Article 1
La Empresa "puertos De Colombia", Creada Por La Ley 154 De 1959 Como Entidad Autónoma, Con Personería Jurídica, Patrimonio Y Organización Propios, Se Regirá Por Las Disposiciones Constitucionales Y Legales Aplicables A Dichas Entidades, Y Sus Fines, Funciones, Derechos Y Obligaciones, Serán Los Determinados Por La Misma Ley, Y Los Que Se Expresan En El Presente Decreto
Decreto 2583 de 1960 · Por el cual se reglamenta la Ley 154 de 1959, orgánica de la Empresa Puertos de Colombia.
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