JurídicoESEN

Article 1

º A Partir Del 1º De Enero De 1986, Aumentase La Asignación Básica Mensual Al Personal Que Presta Sus Servicios En El Instituto De Seguros Sociales Que No Se Encuentra Vinculado A La Planta De Personal, De Acuerdo Con Los Siguientes Límites Y Porcentajes: Para Remuneraciones Hasta De $ 13

Decreto 77 de 1986 · Por el cual se modifican las asignaciones básicas de algunos servidores del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º A partir del 1º de enero de 1986, aumentase la asignación básica mensual al personal que presta sus servicios en el Instituto de Seguros Sociales que no se encuentra vinculado a la planta de personal, de acuerdo con los siguientes límites y porcentajes: Para remuneraciones hasta de $ 13.560.00 el 24%. Para remuneraciones hasta de $ 14.000.00 el 23%. Para remuneraciones hasta de $ 100.000.00 el 22%. Para remuneraciones de $ 100.001.00 en adelante el 20%.

Parágrafo

Exceptuase de lo dispuesto en el presente artículo, aquellas personas que cumplan las funciones relacionadas con las actividades de aseo, jardinería, electricidad, mecánica, cocina, celaduría, lavandería, costura, planchado de ropa y transporte, quienes se sujetarán a la Convención Colectiva que suscriba el Instituto con sus trabajadores oficiales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 77 de 1986