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Article 1

Autorízase A La Radiotelevisora Nacional Para Que, Por Conducto De Su Proveeduría, Previo El Cumplimiento De Las Disposiciones Fiscales Vigentes, Adquiera Directamente Por Compra Local, Hasta Por La Suma De Tres Mil Pesos ($ 3

Decreto 1943 de 1959 · Por el cual se confiere una autorización a la Radiotelevisora Nacional y su Departamento de Cinematografía

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01

Text of the article

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° Autorízase a la Radiotelevisora Nacional para que, por conducto de su Proveeduría, previo el cumplimiento de las disposiciones fiscales vigentes, adquiera directamente por compra local, hasta por la suma de tres mil pesos ($ 3.000.00) en cada caso, los elementos y materiales distintos de los de prohibida adquisición, de que tratan los Decretos números 406 y 1315 de 1959, con destino a la planta de Radiotelevisora Nacional y su Departamento de Cinematografía, dependiente del Ministerio de Comunicaciones.

Parágrafo

La autorización de que trata el presente Decreto se limita a la suma de veintitrés mil pesos ($ 23.000.00) mensuales, distribuidos así: Hasta quince mil pesos ($ 15.000.00), para la adquisición de elementos técnicos con destino a la planta, y hasta ocho mil pesos ($ 8.000.00) para materiales con destino a la Sección de Escenografía.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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