Artículo primero. Los empleadores de la Industria dela Construcción, en aplicación de lo establecido por el artículo 6º del Decreto 2375 de 1974, se hallan exonerados de la obligación de contratar aprendices. En su lugar seguirá funcionando el Fondo de Formación Profesional de la Industria de la Construcción FIC , creado por la citada norma, a cargo de los empleadores de dicha rama de la actividad económica, quienes deberán contribuir mensualmente al mismo con una suma igual a una vez el salario mínimo mensual legal más alto, por cada 40 trabajadores que laboren en cada una de las obras bajo su responsabilidad, y, proporcionalmente por fracción de cuarenta (40).
Decreto 1047 de 1983 →In force
Article 6
Del Decreto 2375 De 1974, Se Hallan Exonerados De La Obligación De Contratar Aprendices
Decreto 1047 de 1983 · Por medio del cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2375 de 1974 en lo relacionado con el funcionamiento del Fondo Nacional de formación Profesional de la Industria de la Construcción FIC
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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