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Article XV

Ley 16 de 1960 · Por la cual se aprueba el Estatuto del Organismo Intercontinental de Energía Atómica, suscrito en la Ciudad de New York el 26 de octubre de 1956

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01

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ARTICULO XV

Privilegios e inmunidades.

A. El Organismo gozará en el territorio de cada uno de sus miembros de la capcidad jurídica y de los privilegios e inmunidades que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones.

B. Los Delegados de los miembros y sus suplentes y Consejeros, los miembros de la Junta de Gobernadores y sus suplentes y Consejeros, así como el Director General y el personal del Organismo, gozarán de los privilegios e inmunidades necesarios para desempeñar con independencia sus funciones en relación con el Organismo.

C. La capacidad jurídica y los privilegios e inmunidades a que se refiere este artículo, se definirán en uno o más acuerdos concertados por separado entre el Organismo, representado al efecto por el Director General, que procederá según instrucciones de la Junta de Gobernadores, y los miembros.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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