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Article 28

Acceso A Servicios Portadores Y Segmentos Satelitales

Decreto 1794 de 1991 · por el cual se expiden normas sobre los Servicios de Valor Agregado y Telegráficos y se reglamenta el Decreto 1900 de 1990.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Acceso a servicios portadores y segmentos satelitales. Los operadores de servicios básicos que sirvan como soporte para la prestación de servicios de valor agregado o telemáticos no podrán negarse a permitir la utilización de dichos servicios soporte por parte del prestatario de servicios de valor agregado o telematicos, salvo cuando se demuestre ante el Ministerio de Comunicaciones que la utilización solicitada causa perjuicios graves en la prestación de los servicios que de ordinario debe prestar ese operador. El acceso a la utilización de los servicios soporte se garantizará en forma igual a todas las personas que los requieren, para lo cual los operadores de los servicios soporte deberán publicar las condiciones técnicas y económicas para su utilización. Se garantiza igualmente el acceso a cualquier segmento satelital coordinado para el país. CAPITULO VIII. Terminación de la concesión.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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