De acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del artículo 253 del Código de Minas cuando el Comité de Política Minera, aborde temas relacionados con las zonas mineras indígenas o territorios indígenas, invitará a un representante de la División de Asuntos Indígenas del Ministerio de Gobierno y a un representante de la Organización u Organizaciones Regionales Indígenas, como mínimo, que tengan presencia en dichos territorios.
Article 18
De Acuerdo Con Lo Establecido En El Inciso Tercero Del Artículo 253 Del Código De Minas Cuando El Comité De Política Minera, Aborde Temas Relacionados Con Las Zonas Mineras Indígenas O Territorios Indígenas, Invitará A Un Representante De La División De Asuntos Indígenas Del Ministerio De Gobierno Y A Un Representante De La Organización U Organizaciones Regionales Indígenas, Como Mínimo, Que Tengan Presencia En Dichos Territorios
Decreto 710 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente el Código de Minas.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.