JurídicoESEN

Article 13

La Rebaja A La Mitad Del Canon Superficiario, Consagrada En El Aparte I De La Letra B) Del Artículo 7º De La Ley 18 De 1952 Se Decreta Por El Ministerio De Minas Y Petróleos Una Vez Vencida La Respectiva Anualidad Y Teniendo En Cuenta Los Informes Sobre Los Trabajos De Perforación Con Taladro Suministrados Por El Contratista, Los Que El Ministerio Podrá Verificar Cuando Estime Conveniente, De Acuerdo Con La Facultad Contenida En El Artículo 5º De La Ley 37 De 1931

Decreto 332 de 1953 · Por el cual se reglamenta la ley 18 de 1952 y el Decreto extraordinario 2270 del mismo año y se sustituyen los Decretos reglamentarios 2169 de 1950 y 972 de 1951

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La rebaja a la mitad del canon superficiario, consagrada en el aparte I de la letra b) del artículo 7º de la Ley 18 de 1952 se Decreta por el Ministerio de Minas y Petróleos una vez vencida la respectiva anualidad y teniendo en cuenta los informes sobre los trabajos de perforación con taladro suministrados por el contratista, los que el Ministerio podrá verificar cuando estime conveniente, de acuerdo con la facultad contenida en el artículo 5º de la Ley 37 de 1931. El concesionario que tenga derecho a la referida rebaja podrá, a su juicio, pedir que se le haga la correspondiente devolución en dinero o que se le abone la suma en cuestión al pago de las siguientes anualidades.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 332 de 1953