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Article 51

El Presidente De La Junta Dirigirá Los Debates, Observando, En Cuanto Fuere Aplicable, El Reglamento De La Cámara De Representantes, Y Ocurriendo Á La Junta Para La Solución De Las Dificultades Que Se Presenten

Decreto 309 de 1897 · Que reglamenta la Ley 53 de 1896, sobre Montepío Militar

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01

Text of the article

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El Presidente de la Junta dirigirá los debates, observando, en cuanto fuere aplicable, el reglamento de la Cámara de Representantes, y ocurriendo á la Junta para la solución de las dificultades que se presenten. La historia de cada sesión se consignará en el acta que el Secretario extenderá en el Libro de actas. Cada una de éstas será suscrita por el Presidente y el Secretario, después de aprobada por la Junta en la sesión siguiente. § Las actas que traten de asuntos reservados se extenderán en el libro de Actas secretas, que se guardará en la caja triclave de la Tesorería del Montepío. De estos documentos solo se dará cuenta al Congreso y al Presidente de la República, si lo exigen.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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