° Introducese al acuerdo 004 de 1973, un nuevo artículo, a continuación del 28, que tendrá el siguiente tenor: Artículo 28 Bis. La celebración de los contratos de obra para construcción, montaje e instalación, mejoras, adiciones conservación y restauración, que el fondo realice se sujetarán, según su cuantía, a las siguientes reglas: 1 a . Hasta por la suma de cien mil pesos ($ 100.000.00) solo requieren orden escrita de funcionario competente, firmada por quien lo ha de ejecutar en señal de aceptación. 2 a Entre cien mil pesos ($ 100.000.00) y quinientos mil pesos ($ 500.000.00) será necesario contrato escrito; 3 a .Entre quinientos mil pesos ($ 500.000.00) y dos millones de pesos ($ 2.000.000.00) será necesario contrato escrito y concepto previo de la junta de Licitaciones: 4 a .Entre dos millones ($ 2.000.000.00) y cinco millones ($ 5.000.000.00) será necesario contrato escrito, licitación privada y concepto previo de la Junta Directiva; 5 a superiores a cinco millones ($ 5.000.000.00) requieren además, licitación publica.
Decreto 2524 de 1975 →In force
Article 2
Introducese Al Acuerdo 004 De 1973, Un Nuevo Artículo, A Continuación Del 28, Que Tendrá El Siguiente Tenor: Artículo 28 Bis
Decreto 2524 de 1975 · Por el cual se aprueban unas modificaciones a los estatutos del Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.