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Article 16

Subdirección De Evaluación

Decreto 117 de 2010 · por el cual se aprueba la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras y se determinan las funciones de sus dependencias.

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01

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Subdirección de Evaluación . Son funciones de la Subdirección de Evaluación las siguientes

1.

Elaborar en coordinación con las dependencias involucradas los lineamientos, estrategias y políticas de seguimiento y evaluación de metas sociales y financieras, las cuales se usarán para la asignación por cada Entidad territorial, tipo de beneficiarios y operadores.

2.

Definir el tablero de control de la Entidad y de sus diferentes dependencias.

3.

Identificar, en coordinación con las diferentes dependencias, los indicadores a través de los cuales se mide su gestión.

4.

Definir los mecanismos (relacionados con herramientas tecnológicas) a través de los cuales se hará la medición de los indicadores y la periodicidad de dicha medición.

5.

Presentar reportes con la información de gestión de los planes, programas, servicios y presentar informes consolidados periódicos del estado de la gestión del Instituto, acorde con los métodos diseñados y el proceso de seguimiento permanente realizado.

6.

Coordinar las investigaciones necesarias para la evaluación del impacto de los programas y servicios del Instituto.

7.

Coordinar el seguimiento y promover el cumplimiento del plan de desarrollo administrativo del Instituto.

8.

Realizar el seguimiento y evaluación a todos los proyectos especiales establecidos por las normas del Instituto.

9.

Diseñar e implementar un sistema de seguimiento y evaluación de servicios de atención a la niñez y la familia, soportado en los estándares, procesos y procedimientos que desarrollen la Dirección de Prevención, Dirección de Protección y Dirección del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

10.

Realizar seguimiento y evaluación a los compromisos y resultados en torno al mejoramiento de las condiciones de vida de la niñez.

11.

Realizar seguimiento y evaluación permanente a los procesos de articulación y desarrollo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

12.

Realizar seguimiento y evaluación a la participación del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en la ejecución de los planes de carácter nacional e intersectorial, tales como alimentación y nutrición, violencia intrafamiliar y otros.

13.

Orientar el seguimiento y evaluación de los convenios suscritos con organismos nacionales e internacionales.

14.

Hacer periódicamente un diagnóstico de la situación del Instituto y consolidar su información.

15.

Realizar de conformidad con los resultados obtenidos en el diagnóstico a la Entidad, las propuestas tendientes a mejorar la calidad de los servicios, el cumplimiento de las funciones, la efectividad de los resultados, optimizar el uso de los recursos, modernizar y tecnificar la Entidad.

16.

Elaborar el Plan de Compras e identificar las necesidades de contratación del Area.

17.

Participar en todas las instancias del proceso de compras y contratación en las que sea requerida el área por la Dirección de Logística y Abastecimiento Estratégico.

18.

Las demás que le sean asignadas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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