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Article 151

Incapacidad Absoluta Adquirida En Combate

Decreto 612 de 1977 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

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01

Text of the article

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Incapacidad absoluta adquirida en combate. Si la capacidad absoluta o gran invalidez de que trata este artículo anterior fueren adquiridas a causa de heridas en combate o en accidente ocurrido durante este, o por cualquier acción del enemigo en conflicto internacional , o en tareas de mantenimiento del orden público interno, el Oficial o Suboficial tendrá derecho a

a)

Al ascenso al grado inmediatamente superior, sobre cuyos haberes serán liquidadas y pagadas todas sus prestaciones:

b)

A que por el Tesoro Público s ele pague, por una sola vez, la indemnización que le corresponda a su lesión de acuerdo con el reglamento respectivo, aumentada en otro tanto:

c)

A percibir del Tesoro Público una pensión mensual equivalente al ciento por ciento (100%) de las partidas señaladas en el literal b) del artículo 131 de este Decreto;

d)

Al auxilio de cesantía y demás prestaciones correspondientes a su grado y tiempo de servicio.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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