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Article 3

Funciones De La Dirección De Regulación De Pesca Y Acuicultura

Decreto 4904 de 2007 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.

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01

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°. Funciones de la Dirección de Regulación de Pesca y Acuicultura. Son funciones de la Dirección de Regulación de Pesca y Acuicultura las siguientes

1.

Diseñar la regulación para el ejercicio de la actividad pesquera y acuícola, con el fin de asegurar el aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros y acuícolas.

2.

Planificar, coordinar, ejecutar y evaluar las investigaciones científicas y estudios relacionados con su objeto.

3.

Realizar estudios técnicos, de prospectiva y económicos que correspondan para cumplir con sus objetivos.

4.

Divulgar los resultados de sus estudios e investigaciones en el sector acuícola y pesquero, con el apoyo de la Oficina de Comunicaciones del Instituto.

5.

Diseñar y ejecutar programas específicos relacionados con recursos de cooperación.

6.

Consolidar y administrar el sistema de información pesquero y acuícola, y brindar acceso a las entidades gubernamentales que lo requieran.

7.

Proponer el valor de las tarifas, multas y sanciones aplicables al ejercicio pesquero.

8.

Brindar los insumos para la planificación sectorial.

9.

Adelantar el proceso de Gerencia de la información, liderado por la Subgerencia de Pesca y Acuicultura.

10.

Proponer y hacer seguimiento permanente al cumplimiento de los compromisos adquiridos en los diferentes acuerdos internacionales, y de ser necesario proponer medidas para alcanzar las metas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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