Implementación de la Red Nacional de Telecomunicaciones de Emergencias. Se deberán integrar a la RNTE todas las redes de telecomunicaciones que garanticen la comunicación autoridad - autoridad entre la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, los Consejos Territoriales de Gestión del Riesgo de Desastres y las entidades que intervienen directamente en los procesos de conocimiento del riesgo, reducción del riesgo y manejo de desastres. Sin perjuicio de lo anterior, la comunicación en todas las categorías de comunicaciones de emergencias, se garantizará a través de la integración a la RNTE.
Decreto 1078 de 2015 →In force
Article 2.2.14.3.2
Implementación De La Red Nacional De Telecomunicaciones De Emergencias
Decreto 1078 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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