JurídicoESEN

Article 9

Ley 282 de 1996 · LEY 282 DE 1996, 06/06/1996, por la cual se dictan medidas tendientes a erradicar algunos delitos contra la libertad personal, especialmente el secuestro y la extorsión, y se expiden otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal . Créase el Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal como una cuenta especial del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

La administración del Fondo se sujetará a las reglamentaciones que sobre el particular adopte y expida el Conase.

El Fondo estará bajo la administración de un Gerente, que será un servidor público del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, designado por el Presidente de la República.

El objeto del Fondo será contribuir con los recursos necesarios para el pago de las recompensas y los gastos de dotación y funcionamiento de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal, que no puedan atender las instituciones integrantes de los mismos. El Fondo atenderá los gastos correspondientes a la Secretaría Técnica que apoyará las funciones del Director del Programa Presidencial para la Defensa de la Libertad Personal y el Conase.

Los recursos del Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal provendrán de los aportes que se le asignen en el Presupuesto General de la Nación, así como las donaciones y recursos de crédito que contrate a su nombre el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los recursos provenientes de cooperación internacional, las inversiones que se efectúen y los demás ingresos que de acuerdo con la ley esté habilitado para recibir.

El Fondo también tendrá a su cargo la destinación provisional de bienes incautados que hayan sido utilizados para la comisión de delitos de secuestro o sean producto del mismo así como la administración y custodia de aquellos que, por resultar conveniente, no destine en forma provisional.

Nota: el artículo 3 del Decreto 1182 de 1999 suprime ... el Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal-Fondelibertad de que trata la Ley 282.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 282 de 1996