A fin de evitar la especulación que pueda provocarse con motivo de las disposiciones del presente Decreto, autorízase a la Oficina Reguladora de Mercados y Precios para señalar los precios de venta del calzado de producción nacional e importado, con base en los que regían el 31 de diciembre de 1947.
Article 10
A Fin De Evitar La Especulación Que Pueda Provocarse Con Motivo De Las Disposiciones Del Presente Decreto, Autorízase A La Oficina Reguladora De Mercados Y Precios Para Señalar Los Precios De Venta Del Calzado De Producción Nacional E Importado, Con Base En Los Que Regían El 31 De Diciembre De 1947
Decreto 1832 de 1948 · Por el cual se obliga a los patronos al suministro de calzado a sus trabajadores, y se dictan otras disposiciones
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