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Article 50

La Empresa Que No Tramite O No Suministre Oportunamente La Tarjeta De Operación De Los Vehículos Vinculados A Ella, O Que Cobre Al Propietario Y Tenedor Del Vehículo Suma Superior A Los Derechos Fijados Por La Autoridad Para Estos Efectos, Incurrirá En Sanción Equivalente A Diez (10) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes, Por Cada Vehículo Encontrado En Estas Circunstancias

Decreto 1553 de 1998 · por el cual se reglamenta la prestación del Servicio Público de Transporte en Vehículos Taxi.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La empresa que no tramite o no suministre oportunamente la tarjeta de operación de los vehículos vinculados a ella, o que cobre al propietario y tenedor del vehículo suma superior a los derechos fijados por la autoridad para estos efectos, incurrirá en sanción equivalente a diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes, por cada vehículo encontrado en estas circunstancias.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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