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Article 2.4.5.4.2

Seguimiento De La Política De Reconciliación, Convivencia Y No Estigmatización

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Seguimiento de la política de reconciliación, convivencia y no estigmatización. Con el fin de contar permanente y periódicamente con información, sobre el progreso de la política y generar de ser necesario, acciones de fortalecimiento para garantizar los avances frente a las metas propuestas, se establecerá una serie de indicadores, metas y medios de verificación concertados con todos los sectores administrativos que intervienen en la ejecución a partir de la construcción de una línea base.

Parágrafo 1

Cada sector administrativo será responsable del reporte y acopio de los medios de verificación para su remisión al Ministerio del Interior en los plazos establecidos para cada meta o indicador.

Parágrafo 2

Con base en el seguimiento de la Política Pública de Reconciliación, Convivencia y No Estigmatización, el Gobierno nacional y los entes territoriales, podrán realizar ajustes de la política a nivel nacional, así como en los territorios. En todo caso se contará con la participación de las comunidades, organizaciones en los territorios y los Consejos Territoriales de Paz, Reconciliación y Convivencia. Se requerirá el apoyo del Ministerio Público para este fin en el marco de sus competencias.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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