° Estudiado el expediente respectivo por el Consejo de Ministros y acordado el giro del gasto correspondiente, la Secretaría general de la Presidencia de la República lo pondrá en conocimiento del Ministerio de Hacienda y Tesoro, á fin de que éste expida el Decreto que traslade la cantidad necesaria de la partida destinada á cubrir las deficiencias del Presupuesto, á la cuenta de ordenación del Ministerio que deba girar el gasto en referencia.
Article 2
° Estudiado El Expediente Respectivo Por El Consejo De Ministros Y Acordado El Giro Del Gasto Correspondiente, La Secretaría General De La Presidencia De La República Lo Pondrá En Conocimiento Del Ministerio De Hacienda Y Tesoro, Á Fin De Que Éste Expida El Decreto Que Traslade La Cantidad Necesaria De La Partida Destinada Á Cubrir Las Deficiencias Del Presupuesto, Á La Cuenta De Ordenación Del Ministerio Que Deba Girar El Gasto En Referencia
Decreto 396 de 1906 · En desarrollo del artículo 4º del Decreto legislativo número 5, sobre Presupuestos nacionales para 1906
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