Están exentos en todo tiempo y no pagan cuota de compensación militar, pero si tienen la obligación de inscribirse:
los miembros del clero católico, secular y regular;
los miembros varones de congregaciones católico-religiosas y docentes;
los seminaristas y estudiantes que cursen teología en establecimientos reconocidos por el estado como centros de preparación para la carrera sacerdotal, y
los inhábiles absolutos.