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Article 23

Decreto 1155 de 1980 · Por el cual se reglamenta la Ley 61 de 1979

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los recursos del Fondo se destinarán exclusivamente a los siguientes fines

a)

Financiar parcial o totalmente, operaciones e inversiones de Carbocol en proyectos y programas de prospección, exploración, explotación, beneficio, transporte, embarque y comercialización del carbón.

b)

Financiar parcial o totalmente, inversiones directas en prospección exploración, explotación, beneficio, transporte y embarque de carbón, que emprendan otras empresas comerciales e industriales oficiales del orden nacional. c). Financiar a titulo oneroso proyectos y programas de la misma naturaleza que emprendan entidades descentralizadas, departamentales o municipales o personas naturales o jurídicas de carácter particular.

Parágrafo

Para que los recursos del Fondo se destinen a financiar proyectos de las entidades y personas mencionadas en este artículo será requisito indispensable que tengan definido su derecho a realizar dichas actividades de acuerdo con las disposiciones mineras.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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