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Article 27

Actos Prohibidos En La Prestación De Servicios De Gestión Y Colocación De Empleo

Decreto 2852 de 2013 · por el cual se reglamenta el Servicio Público de Empleo y el régimen de prestaciones del Mecanismo de Protección al Cesante, y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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Actos prohibidos en la prestación de servicios de gestión y colocación de empleo. Queda prohibido a los prestadores del servicio público de empleo

a)

Efectuar la prestación de los servicios contraviniendo lo dispuesto en el presente decreto o a lo establecido en el Reglamento de Prestación de Servicios;

b)

Cobrar a los usuarios de servicios de empleo tarifas discriminatorias o sumas diferentes a las incorporadas en el Reglamento;

c)

Cobrar por los servicios que deben prestar de forma gratuita;

d)

Ejercer cualquiera de las acciones contempladas en el artículo 35 del Código Sustantivo del Trabajo;

e)

Ofrecer condiciones de empleo falsas o engañosas o que no cumplan los estándares jurídicos mínimos;

f)

Prestar servicios de colocación para trabajos en el exterior sin contar con la autorización especial. TÍTULO II DE LOS PRESTADORES DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO CAPÍTULO I De las Agencias Públicas y Privadas de Gestión y Colocación de Empleo

02

Constitutional history

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