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Article 15

Cuando La Calificación De Servicios De Un Empleado No Fuere Satisfactoria En Razón De La Falta De Las Calidades De Preparación, Y Experiencia Exigidas Para El Cargo Que Desempeña, El Consejo Superior Del Servicio Civil Podrá Recomendar Su Escalafonamiento En La Clase De Empleo Que Corresponda A Sus Actitudes Y Calidades Para Que Será Nombrado Por El Organismo Respectivo En Un Cargo De Esta Categoría Vacante O Provisto Provisionalmente, Dentro Del Término Que La Ley Prevé Para Nombramientos Provisionales

Decreto 342 de 1970 · Por el cual se reglamenta el segundo inciso del artículo 42 del Decreto-ley 2400 de 1968, incorporado como adición por el Decreto-ley 3074 de 1968

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01

Text of the article

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Cuando la calificación de servicios de un empleado no fuere satisfactoria en razón de la falta de las calidades de preparación, y experiencia exigidas para el cargo que desempeña, el Consejo Superior del Servicio Civil podrá recomendar su escalafonamiento en la clase de empleo que corresponda a sus actitudes y calidades para que será nombrado por el organismo respectivo en un cargo de esta categoría vacante o provisto provisionalmente, dentro del término que la ley prevé para nombramientos provisionales.

02

Constitutional history

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