Los empleados podrán deducir para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios el monto de las cesantías trasladadas a los fondos. En las liquidaciones del impuesto de renta y complementarios no se aceptarán las deducciones por razón de salarios y prestaciones sociales pagadas por las empresas y empleadores que están obligados a contribuir a los fondos, sin la previa comprobación de haber hecho la totalidad de las correspondientes consignaciones a los respectivos fondos.
Decreto 98 de 1973 →In force
Article 44
Los Empleados Podrán Deducir Para Efectos Del Impuesto Sobre La Renta Y Complementarios El Monto De Las Cesantías Trasladadas A Los Fondos
Decreto 98 de 1973 · Por el cual se dispone la creación de Fondos Regionales de Capitalización para el manejo de aprovechamiento e inversión de recursos provenientes del ahorro privado
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01
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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