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Article 2

Funciones De La Dirección General

Decreto 2703 de 2013 · por el cual se establece la estructura interna del Servicio Geológico Colombiano (SGC) y se determinan las funciones de sus dependencias.

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01

Text of the article

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°. Funciones de la Dirección General. Son funciones de la Dirección General del Servicio Geológico Colombiano (SGC), las siguientes

1.

Dirigir, coordinar, controlar y evaluar la ejecución de las funciones a cargo del Servicio Geológico Colombiano (SGC).

2.

Proponer al Consejo Directivo, planes, programas y proyectos en materia de investigación geocientífica básica regional, investigación de recursos minerales, investigación de recursos hidrocarburíferos, investigación en amenazas geológicas y riesgo físico, gestión de información del subsuelo, investigación y aplicaciones nucleares e investigación y caracterización de materiales geológicos.

3.

Realizar las actividades necesarias para desarrollar e implementar las políticas de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país.

4.

Promover las acciones de competencia de la entidad en materia de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país.

5.

Identificar, evaluar y establecer zonas de protección del patrimonio geológico o paleontológico del país.

6.

Recomendar al Consejo Directivo autorizar la apertura o cierre de las dependencias regionales que se requiera para el funcionamiento del Servicio Geológico Colombiano (SGC).

7.

Presentar al Consejo Directivo, con la periodicidad que este determine, los informes sobre el cumplimiento de las funciones a cargo del Servicio Geológico Colombiano (SGC) y las propuestas para el mejor desempeño de las mismas.

8.

Presentar al Gobierno Nacional, por conducto del Ministro de Minas y Energía, los informes que soliciten, y proporcionar a las demás autoridades u organismos públicos la información que deba ser suministrada de conformidad con la ley.

9.

Rendir los informes solicitados por los organismos de control y las demás autoridades a las que se le debe reportar información.

10.

Ejercer la representación legal del Servicio Geológico Colombiano (SGC).

11.

Adoptar las normas internas necesarias para el funcionamiento del Servicio Geológico Colombiano (SGC).

12.

Ejecutar las decisiones y acuerdos del Consejo Directivo y rendir los informes correspondientes.

13.

Preparar y presentar para aprobación del Consejo Directivo el anteproyecto de presupuesto del Servicio Geológico Colombiano (SGC), y las modificaciones al presupuesto aprobado, con sujeción a las normas sobre la materia.

14.

Ejercer la función de control disciplinario interno en los términos de la ley.

15.

Nombrar y remover el personal del Servicio Geológico Colombiano (SGC), con arreglo a las normas legales vigentes.

16.

Distribuir los cargos de la planta de personal, de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas.

17.

Crear y organizar con carácter permanente o transitorio grupos internos de trabajo.

18.

Distribuir entre las diferentes dependencias del Servicio Geológico Colombiano (SGC) las funciones y competencias que la ley le otorgue a la Entidad, cuando las mismas no estén asignadas expresamente a alguna de ellas.

19.

Celebrar contratos, ordenar el gasto y ejecutar los actos necesarios para el cumplimiento del objeto y de las funciones del Servicio Geológico Colombiano (SGC).

20.

Convocar al Consejo Directivo y asistir a sus reuniones ordinarias y extraordinarias.

21.

Implementar, mantener y mejorar el sistema integrado de gestión institucional del Servicio Geológico Colombiano (SGC).

22.

Las demás que le sean asignadas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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