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Article 4

Decreto 357 de 2008 · por medio del cual se reglamenta la evaluación y reelección de Gerentes o Directores de las Empresas Sociales del Estado del orden territorial.

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01

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º . Aprobación del plan de gestión por parte de la Junta Directiva . La Junta Directiva de la respectiva Empresa Social del Estado deberá aprobar el plan de gestión para ser ejecutado por el Director o Gerente. Dicha aprobación deberá respetar los requisitos mínimos de quórum para deliberar y decidir. Para tal fin, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la presentación del plan de gestión, la Junta Directiva lo estudiará, lo ajustará, si lo considera pertinente, y lo aprobará. De no hacerlo durante este lapso, se entenderá aprobado el plan de gestión inicialmente presentado por el Director o Gerente. Durante las sesiones de estudio del plan de gestión, el Director o Gerente participará en la Junta Directiva como invitado y sustentará el plan de gestión propuesto. Una vez aprobado, el Director o Gerente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su aprobación podrá señalar de manera escrita y fundada las razones por las cuales estima inadecuado el plan aprobado. La Junta Directiva deberá analizar y decidir sobre los argumentos formulados por el Director o Gerente en un término no superior a quince (15) días hábiles, resueltos los mismos la Junta Directiva expedirá el Acuerdo mediante el cual se adopta el plan de gestión.

Parágrafo 1

En el plan de gestión aprobado por la Junta Directiva es obligatorio, cuando corresponda, incluir las metas y compromisos establecidos en la matriz de condonabilidad que hace parte integral de los convenios de desempeño para la reorganización, rediseño y modernización de la empresa, en lo relacionado con la gestión de la misma.

Parágrafo 2

Cuando el plan de gestión comporte modificaciones a las metas establecidas en cumplimiento de convenios suscritos con la Nación o la entidad territorial, las mismas requerirán aprobación previa de la entidad con la que se haya suscrito el respectivo convenio.

02

Constitutional history

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