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Article 76

Información A Reportar Por La Autoridad Nacional De Licencias Ambientales (Anla) Y/O Las Corporaciones Autónomas Regionales, Las Corporaciones Para El Desarrollo Sostenible Y Las Autoridades Ambientales De Los Grandes Centros Urbanos

Resolucion 162 de 2023 · Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), por el año gravable 2024 y siguientes, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.

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01

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La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales y/o las Corporaciones Autónomas Regionales, las Corporaciones para el Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales de los Grandes Centros Urbanos, de conformidad con el artículo 631-3 del Estatuto Tributario y el numeral 20 del artículo 1o de la presente resolución, deberán presentar la información de las certificaciones ambientales expedidas, que acreditan las inversiones que hayan realizado en control, conservación y mejoramiento del medio ambiente, que tienen el carácter de descuento sobre el impuesto sobre la renta, de conformidad con el inciso 1 del artículo 255 del Estatuto Tributario y, conforme a los parámetros establecidos en las especificaciones técnicas del Formato 2826 Versión 1, indicando la siguiente:

1.

Número del acto administrativo proferido por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales o quien haga sus veces y/o Corporaciones Autónomas Regionales, las Corporaciones para el Desarrollo Sostenible y las Autoridades Ambientales de los Grandes Centros Urbanos.

2.

Fecha del acto administrativo.

3.

Tipo de acto administrativo.

4.

Resultado del acto administrativo proferido.

5.

Número de Identificación Tributaria (NIT) del inversionista.

6.

Razón social del inversionista.

7.

Descripción del proyecto o actividad ambiental

8.

Lugar de implementación (Departamento).

9.

Lugar de implementación (Municipio).

10.

Tipo de inversión.

11.

Valor de la inversión informada por el inversionista.

Parágrafo 1

o. Para las casillas que utilicen códigos o conceptos, se utilizarán los siguientes:

Tipo de acto administrativo

Concepto: Descripción

1: Resolución

2: Oficio

3: Otros

Resultado del acto administrativo

Concepto: Descripción

1: Aprobación

2: Negació

Concepto: Descripción

3: Aprobación parcial

Tipo de inversión

Concepto: Descripción

1: Inversiones en control del medio ambiente

2: Inversiones en conservación y mejoramiento del medio ambiente

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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