El incumplimiento de las disposiciones de este Decreto por parte del propietario de la estación terrena de recepción de señales de televisión dará lugar a la imposición de las siguientes sanciones
Al decomiso de los equipos;
La suspensión del registro;
La cancelación del registro. La cancelación del registro otorgado precede cuando se haya sancionado anteriormente con suspensión del registro.