JurídicoESEN

Article 17

Decreto 605 de 1994 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 002 de 29 de noviembre de 1993 de la Junta Directiva del Instituto para el Desarrollo de la Democracia "Luis Carlos Galán Sarmiento" que adopta los estatutos y el marco interno de funcionamiento

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son funciones del Director General

a)

Proponer a la Junta Directiva la política general y los planes y programas que deba desarrollar el Instituto;

b)

Cumplir y hacer cumplir las normas constitucionales, legales, los estatutos, reglamentos, providencias y demás disposiciones emanadas de la Junta Directiva;

c)

Ejecutar las políticas fijadas por la Junta Directiva, así como dirigir, coordinar y velar por el cumplimiento de los objetivos del Instituto, ciñéndose a la ley que lo creó, al Decreto 1302 de 1990 y a estos estatutos

d)

Representar legalmente al Instituto y ser el ordenador del gasto;

e)

Presentar al Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Educación Nacional y a la Junta Directiva, informes generales, periódicos y particulares cuando así lo soliciten, sobre la marcha general del Instituto;

f)

Presentar al Ministerio de Educación Nacional los proyectos de presupuestos y los planes de inversión del Instituto. Así mismo, rendir los informes a este Ministerio sobre la ejecución de los programas correspondientes;

g)

Presentar ante la Junta Directiva los proyectos de reforma de estatutos, planta de personal, reglamentos, programas de trabajo y planes de desarrollo, para su estudio y aprobación;

h)

Nombrar y remover a los empleados del Instituto, y atender toda la gestión de administración de personal;

i)

Designar mandatarios o apoderados que representen al Instituto en asuntos judiciales y extrajudiciales, conforme a la ley

j)

Someter al estudio y aprobación de la Junta Directiva todos los asuntos que requieran de su aprobación;

k)

Celebrar directamente aquellos contratos cuya cuantía no exceda de doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales, vigentes a la fecha de su celebración, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;

l)

Convocar la Junta Directiva a sus sesiones ordinarias y a las extraordinarias cuando lo estime conveniente;

m)

Autorizar la impresión, publicación, reproducción y difusión de las investigaciones que realice el Instituto, y la producción del material didáctico que considere necesario para el desarrollo de sus objetivos;

n)

Las demás que se relacionen con el Instituto y no estén expresamente atribuidas a otro órgano.

Parágrafo

El Director General podrá delegar, bajo su responsabilidad, el cumplimiento o desempeño de algunas de las anteriores funciones en el personal subalterno del Instituto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 605 de 1994