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Resoluciones a los RAC114031/05/2022· Secretaria de Servicios a la navegación

Por la cual se adopta la política de operaciòn del Sistema de Información de Mantenimiento Operacional Aeronautico (SIMOA) de la Unidad Administrativa Especial de Aeronautica Civil

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REPÚBLICA DE COLOMBIA (9 AERONÁUTICA CIVIL LEGAL ADMINIS ERA NA ESPECIAS Lbarad y Orden La movilidad es de todos MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL 0 1 JUN. 2022 Resolución Número Yo1140)? “Por la cual se adopta la política de operación del Sistema de Información de Mantenimiento Operacional Aeronáutico (SIMOA) de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil” EL SECRETARIO DE SERVICIOS A LA NAVEGACION AREA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 25 numeral 17 del Decreto 1294 del 14 de octubre de 2021 “Por el cual se modifica la Estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil-Aerocivil”, y CONSIDERANDO Que de acuerdo con el numeral 4.2 del Artículo 4 de la Resolución No. 00896 del 3 de abril de 2019 “Continuación de la resolución por medio de la cual se delegan unas funciones” se delega al Secretario de Sistemas Operacionales en materia contractual sin consideración a su cuantía, de los contratos de la Secretaria, además de las Direcciones y Grupos de trabajo a su cargo, así: “4.2 Celebrar, adjudicar o no, terminar modificar, adicionar, prorrogar, ceder y/o liquidar los contratos y convenios”. Que de acuerdo con el Artículo 11 del Decreto 823 de 2017, el Secretario de Sistemas Operacionales mediante la Resolución No 03968 del 2 diciembre de 2019 adjudicó el Contrato No. 19001345 H3 de 2019, que tiene por objeto: “Actualizar y Migrar a la última versión del Software IBM MAXIMO ASSET MANAGEMENT, el sistema de información de mantenimiento operacional aeronáutico de la Entidad, implementar mejoras funcionales y técnicas, mantener y fortalecer su gestión”. Que el Decreto 1294 del 14 de octubre de 2021 “Por el cual se modifica la Estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil-AerociviP derogó el Decreto 260 de 2004 modificado por los Decretos 886 de 2007, 1601 de 2011, 823 de 2017 y 2405 de 2019. Que uno de los objetivos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil que se encuentran comprendidos en el Artículo 2 del Decreto 1294 del 14 de octubre de 2021 es prestar los servicios a la navegación aérea y operar las ayudas requeridas para que la navegación en el espacio aéreo colombiano se efectúe con seguridad. Que el Decreto 1294 del 14 de octubre de 2021 en el Artículo 4. Funciones de la Unidad. estableció las siguientes: 20. Dirigir, planificar, operar, mantener y proveer, en lo de su competencia, los servicios de navegación aérea y los servicios aeroportuarios. Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 06 Fecha: 28/01/2022 Página: 1 de 4 REPÚBLICA DE COLOMBIA La movilidad (5) AERONÁUTICA CIVIL LINDA ABRSINIS ERA VA E SPECIAL Libertad y Order Va? es de todos MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número (401140) “Por la cual se adopta la política de operación del Sistema de Información de Mantenimiento Operacional Aeronáutico (SIMOA) de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil” 0 1 JUN, 2022 21. Asegurar el desarrollo de la gestión de la seguridad operacional y de la seguridad de la aviación civil. 22. Ejecutar las actividades necesarias para administrar, mantener y operar la infraestructura aeronáutica de su competencia. Que el Decreto 1294 del 14 de octubre de 2021 en el Artículo 25. Secretaría de Servicios a la Navegación Aérea. Son funciones de la Secretaría de Servicios a la Navegación Aérea, las siguientes: 1. Definir y asegurar la planeación, provisión, verificación, control, evaluación y mejoramiento, de manera articulada con sus direcciones, para la prestación y mantenimiento de los servicios del sistema de navegación aérea: Gestión del tránsito aéreo (ATM); gestión de la información aeronáutica (AIM); gestión de la información meteorológica aeronáutica (MET), Búsqueda y Salvamento (SAR) y Sistemas de comunicaciones, navegación, vigilancia aeronáutica, (CNS), sistemas de meteorología aeronáutica, automatización y cualquier otro necesario para la prestación de dichos servicios de acuerdo con la necesidad operacional de corto, mediano y largo plazo. 2. Proveer los servicios a la navegación aérea en el espacio aéreo a su cargo en cumplimiento de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC) y demás disposiciones vigentes. 14. Orientar y coordinar con las regionales de la entidad la prestación de los servicios de navegación aérea. 16. Apoyar en la implementación, mantenimiento y mejora continua del Modelo Integrado de Planeación y Gestión. 17. Mantener y administrar la documentación actualizada en el Sistema de Gestión y sistemas informáticos de su competencia, observando criterios de oportunidad, veracidad y confiabilidad de la información. Que la Secretaria de Servicios a la Navegación Aérea conforme al Decreto 1294 del 14 de octubre de 2021 es la encargada de promover el uso del Sistema de Información de Mantenimiento Operacional Aeronáutico, en lo que a los servicios de navegación aérea se refiere. Que la política de operación del Sistema de Información de Mantenimiento Operacional Aeronáutico, está encaminada a prevenir la materialización de los riesgos asociados al uso adecuado del sistema de información de mantenimiento operacional aeronáutico. Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 06 Fecha: 28/01/2022. Página: 2 de 4 REPÚBLICA DE COLOMBIA La movilidad (5 AERONÁUTICA CV] UNIDAD ADAMS ERALIVA ESPECIAS Lbarad y Ote es de todos MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número 401140 ) “Por la cual se adopta la política de operación del Sistema de Información de Mantenimiento Operacional Aeronáutico (SIMOA) de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil” Que para el cumplimento de estas políticas, se hará uso del Manual del Usuario Técnico de Mantenimiento de Estaciones y turnos operativos de los Sistemas de Navegación Aérea. Que la Secretaria de Servicios a la Navegación Aérea, el 25 de mayo de 2022, aprobó el documento de la Política de operación del Sistema de Información de Mantenimiento Operacional Aeronáutico en el sistema de gestión ISOLUCIÓN para su adopción. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ADOPTAR LA POLÍTICA DE OPERACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE MANTENIMIENTO OPERACIONAL AERONÁUTICO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL. Adóptese la Política de Operación del Sistema de Información de Mantenimiento Operacional Aeronáutico, que tiene por objetivo: Definir las políticas generales, que debe cumplir el personal ATSEP, y demás personal, que desarrolle funciones de gestión y mantenimiento de los sistemas de los servicios de navegación aérea con el fin de alcanzar un alto nivel de usabilidad del sistema, aumentar la productividad, evitar la degradación temprana de los equipos, partes interesadas satisfechas, mejora continua de los procesos y cumplimiento de estándares de calidad para la prestación de los servicios a la Navegación Aérea. PARÁGRAPO 1: La Política de Operación del Sistema de Información de Mantenimiento Operacional Aeronáutico, incluyendo sus responsabilidades y metodología, puede ser consultada en su versión vigente en el Sistema de Gestión, a través del siguiente enlace: https://isolucion.aerocivil.gov.co/lsolucion/Documentacion/frmListadoMaestroDocumentos. aspx- filtrar por tipo: Política ARTÍCULO SEGUNDO: DIVULGACIÓN DE LA POLÍTICA. La Política se debe divulgar anualmente al personal ATSEP y demás personal que desempeñe funciones de gestión y mantenimiento de los sistemas de los servicios de navegación aérea, con el objeto de que se implemente, mantenga y cumpla. ARTICULO TERCERO: ALCANCE DE LA POLÍTICA. El alcance de la Política es a Nivel Nacional, Grupos internos de trabajo de la Dirección de Telecomunicaciones y Ayudas a la Navegación Aérea y Grupos Regional de Mantenimiento de los Servicios de Navegación Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 06 Fecha: 28/01/2022 Página: 3 de 4 REPÚBLICA DE COLOMBIA La movilidad es de todos AERONÁUTICA CIVIL LINEAL ADMIN RADIVA ESPECIA Vitara y Unden MINISTERIO DE TRANSPORTE UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL 0 1 JUN. 2022 Resolución Número “o1r140)? “Por la cual se adopta la política de operación del Sistema de Información de Mantenimiento Operacional Aeronáutico (SIMOA) de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil” Aérea. Debe ser aplicada por todo el Personal ATSEP de la Entidad y demás personal relacionado, que ejerza funciones de gestión y mantenimiento de los servicios aeronáuticos. ARTICULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Bogotá, D.C D 1 JUN, 2022 ÓSE DAVID GÓMEZ GIL Secretário de Servicios a la Navegación Aérea Proyectó: Diana Marcela Cote- Despacho Secretaria de Servicios a la Navegación Aérea. DM Jorge Ivan Cardona- Despacho Secretaria de Servicios a la Navegación Aérea. 2 : Revisó: Jeannette Andrade Hernandez- Despacho Secretaria de Servicios a la Navegación era Ing. Juan Camilo Vásquez Montoya-Director de Telecomunicaciones y Ayudas a la Navegación Aérea Za PAN Ñ Aprobó: Ing. Jose David Gómez Gil- Secretario de Servicios a la Navegación Aérea Clave: ESTR-3.0-12-002 Versión: 06 Fecha: 28/01/2022 Página: 4 de'4