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📑 Concepto jurídico

Función de vigilancia por parte de la superintendencia de sociedades

18 de mayo de 2004
SociedadSuperintendencia de sociedades

Texto del concepto

Ref. : Función de vigilancia por parte de la superintendencia de sociedades Acuso recibo del oficio remitido vía correo electrónico, y radicado en la Entidad con el número 2004-01-072668, por medio del cual pregunta si una sociedad anónima debe estar registrada en la Superintendencia de Sociedades y cuales son las sociedades que se encuentran obligadas a registrarse en este organismo. Sobre le particular, me permito manifestarle que el legislador al establecer las funciones que debe ejercer la Superintendencia, concibió la vigilancia como un mecanismo de soporte y ayuda al sector empresarial. Así, los artículos 82 y siguientes de la Ley 222 de 1995, en concordancia con el Decreto 3100 de 1997, establecieron en forma objetiva, las causales que hacen que las sociedades comerciales se encuentren sujetas a su vigilancia, disposiciones que puede consultar en nuestra dirección de Internet www.supersociedades.gov.co. En estos términos se da respuesta a los interrogantes formulados, haciéndole saber que sus alcances son los expresados por el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

Fuentes jurídicas

Función de vigilancia por parte de la superintendencia de sociedades — Supersociedades · Micelio Jurídico