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DECISIÓN N° 961CAN · Decisiones2025-11-28

APROBACIÓN DE PROYECTO DE INICIATIVA COMUNITARIA EN EL MARCO DEL FONDO DE INICIATIVAS COMUNITARIAS – “ORGANIZACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL ENCUENTRO EMPRESARIAL ANDINO 2026”

PERIODO 131 DE SESIONES ORDINARIA DE LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA 28 de noviembre de 2025 Modalidad Virtual DECISIÓN N° 961 Aprobación de proyecto de Iniciativa Comunitaria en el marco del Fondo de Iniciativas Comunitarias – “Organización e implementación del Encuentro Empresarial Andino 2026” LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 27 del Acuerdo de Cartagena, el artículo 11 literal f) de la Decisión 409 Reglamento de la Secretaría General, el artículo 11 literal f) de la Decisión 471 Reglamento de la Comisión, el artículo 8 de la Decisión 874, y la Decisión 887 Reglamento para la ejecución del Fondo de Iniciativas Comunitarias; y,

CONSIDERANDO

Que, en virtud del artículo 8 de la Decisión 874, se instruyó a la Secretaría General de la Comunidad Andina, en coordinación con el Grupo de Presupuesto, a crear un Fondo de Iniciativas Comunitarias, destinado a proyectos especiales de interés comunitario y de beneficio para los cuatro Países Miembros respectivamente, previa aprobación de la Comisión de la Comunidad Andina;

Que, mediante Decisión 887, se aprobó el Reglamento para la ejecución del Fondo de Iniciativas Comunitarias; y con el objeto de dar aplicación y ejecución a los proyectos en el marco de esta Decisión; Que, el 15 de octubre de 2025, el Director General de Transformación Productiva, Integración física y servicios (e) de la Secretaría General remitió al Secretario Técnico del Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias la postulación del Proyecto: “Organización e implementación del Encuentro Empresarial Andino 2026”, presentada por la Secretaría General de la Comunidad Andina, con aval del Comité Andino de Autoridades en Promoción de Exportaciones (CAAPE), cumpliendo así con la oportunidad señalada en el artículo 14 del Reglamento del Fondo de Iniciativas Comunitarias, aprobado mediante Decisión 887 de la Comisión. Que, el Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias revisó el proyecto de iniciativa comunitaria en reunión del 27 de noviembre de 2025, incluyendo las precisiones solicitadas por las delegaciones en la misma sesión realizaron, por lo que en consenso encontraron que el proyecto estaba ajustado y recomendaron que fuera presentado ante la Comisión de la Comunidad Andina para su aprobación, como consta en la respectiva acta de reunión;

Que, a la fecha, el Fondo de Iniciativas Comunitarias cuenta con $ 2,764,795.39 (dos millones setecientos sesenta y cuatro mil setecientos noventa y cinco con 39/100 dólares de los Estados Unidos de América), por tanto, es viable la financiación de la iniciativa comunitaria presentada; Que, en consecuencia, el Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias remitió a la Secretaría General de la Comunidad Andina el informe de valoración, conjuntamente con la ficha preliminar del anterior proyecto recomendando su financiamiento para consideración de la Comisión a efecto de aprobación;

Que, la Secretaría General en uso de la atribución prevista en el artículo 27 del Acuerdo de Cartagena, presentó a consideración de la Comisión de la Comunidad Andina, la Propuesta No. 468/2025, que contiene la Iniciativa Comunitaria “Organización e implementación del Encuentro Empresarial Andino 2026”; Que, de acuerdo con lo anteriormente expuesto;

DECIDE: Artículo 1.- Aprobar, en el marco de la Decisión 887 “Reglamento para la ejecución del Fondo de Iniciativas Comunitarias”, el proyecto presentado por el Comité del Fondo de Iniciativas Comunitarias, el mismo que se detalla en el Anexos 1 que forma parte integrante de la presente Decisión: Nombre del Proyecto: “Organización e implementación del Encuentro Empresarial Andino 2026” Instancia Proponente: PROMPERÚ en coordinación con el Comité Andino de Autoridades en Promoción de Exportaciones (CAAPE).

Monto Solicitado: USD $195,175.00 (Ciento noventa y cinco mil ciento setenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América). Artículo 2.- En cumplimiento del artículo 11 del Reglamento del Fondo de Iniciativas Comunitarias aprobado mediante Decisión 887, el responsable de la ejecución de la Iniciativa Comunitaria será el proponente y deberá realizar el seguimiento al cronograma de ejecución y al cronograma de desembolsos correspondientes de la Iniciativa Comunitaria.

Artículo 3.- En cumplimiento del artículo 16 del Reglamento del Fondo de Iniciativas Comunitarias aprobado mediante Decisión 887, la Secretaría General de la Comunidad Andina adelantará las actuaciones contractuales a que haya lugar que permitan la ejecución, seguimiento y evaluación de la Iniciativa Comunitaria bajo sus procedimientos internos, de acuerdo con el cronograma de ejecución y cronograma de desembolsos acordado para la misma, y en conformidad con las normas y procedimiento legalmente establecidos y vigentes.

Artículo 4.- La presente Decisión entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los 28 días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco. ANEXO 1 FICHA PROYECTO DE INICIATIVA COMUNITARIA “Organización e implementación del Encuentro Empresarial Andino 2026”